Devolución de Percepciones RG 4815

(Percepciones por compras de y/o con moneda extranjera)

Una vez finalizado el año calendario en el que se produjo la percepción podrán solicitar la devolución quienes:

IMPORTANTE: Tener CBU registrada en el servicio “DECLARACIÓN DE CBU”.

Devolución de Percepciones RG 4815