Por medio de la RG 1661-DPR/2024 la provincia de Jujuy implementa el Régimen de pago a cuenta sobre Ingresos Brutos respecto de los productos y/o mercaderías que ingresen y/o egresen a la Provincia de Jujuy o se trasladen dentro de ella, por cualquier medio, para su compraventa, remisiones entre fábricas o sucursales y/o entregas en el depósito o en consignación.
Los productos por los cuales los contribuyentes deberán abonar el pago a cuenta son los detallados a continuación:
- Ganado en pie.
- Carne vacuna faenada y sus subproductos.
- Carne porcina faenada y sus subproductos.
- Pollo faenado y sus subproductos.
- Pescados.
- Verduras.
- Frutas.
- Otros productos e insumos alimenticios: harinas, huevos, arroz, aceite, cerveza y fideos.
- Todo tipo de mercadería que ingrese a zonas fronterizas.
- Todo tipo de mercadería que provenga de ferias mayoristas o predios de similares características.
Liquidación: mediante la generación del Formulario F-207 generado mediante clave fiscal desde la web rentasjujuy.gob.ar
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Alícuotas: a) Contribuyentes Locales: 1,50%
b) Contribuyentes de Convenio Multilateral: 1%
c) Sujetos no inscriptos: 3,50%
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Excepciones:
a) Quienes tengan certificados de exclusiones de pago a cuenta, retenciones y percepciones en la provincia de Jujuy.
b) Mercaderías y/o bienes con destino exportación.
c) Mercadería ya facturada y que el vendedor haya percibido el pago a cuenta en forma previa, habiéndose detallado correctamente en la factura de venta la percepción.