Mediante el Decreto 714/22 el gobierno oficializó un nuevo piso para el impuesto a las ganancias de trabajadores.
Situación hasta Octubre:
– No corresponde retención alguna del impuesto a las ganancias cuando la remuneración bruta del mes que se liquida no supere los $280.792.
– Se genera una deducción especial incrementada cuando la remuneración es superior a $280.792 y resulte inferior o igual a $324.182.
Situación desde Noviembre:
– Se incrementa el “piso” (deducción adicional) para el pago del impuesto a las ganancias a $ 330.000. Es decir que No corresponde retención del impuesto a las ganancias cuando la remuneración bruta no supere ese monto.
– Se genera una deducción especial incrementada cuando la remuneración es superior a $330.000 y resulte inferior o igual a $431.988.
– AFIP deberá publicar las nuevas tablas de deducción incrementada, para llevar a cabo la implementación.