Según lo establecido por la RG 5476 se mantiene desde el 01/01/2024 hasta el 30/06/2024 la suspensión de los certificados de no retención/percepción de IVA y Ganancias para el caso de importaciones de Bienes.
Esta medida no alcanza a las empresas MICRO y PEQUEÑAS con certificado PYME vigente al momento de la importación.
– Para las percepciones de IVA se modifica lo referente a la forma de computar las mismas, las cuales podrán ser computadas en la declaración jurada del período fiscal de las operaciones de importación definitiva.
– Para las percepciones de Ganancias se mantiene la reglamentación según la cual no resultan computables en la determinación de anticipos.
Importadores: Certificados de No Percepción de Ganancias e IVA