VENCIMIENTO DDJJ TRIMESTRAL
Nos dirigimos a ustedes a fin de recordarles las características del «Relevamiento de activos y pasivos externos», establecidos por el BCRA:
La declaración es de carácter trimestral.
Deberá ser efectuada por todas las personas jurídicas o humanas con pasivos externos a fin de cualquier trimestre calendario (en este caso 31/12/2020) o que hubieran cancelado los mismos durante ese trimestre (en este caso deudas que se poseían al 30/09/2020 y se cancelaron durante el 01/10/2020 y 31/12/2020).
- Declarantes con CUIT terminados en 0 y 1: 17/02/2021
- Declarantes con CUIT terminados en 2 y 3: 18/02/2021
- Declarantes con CUIT terminados en 4 y 5: 19/02/2021
- Declarantes con CUIT terminados en 6 y 7: 22/02/2021
- Declarantes con CUIT terminados en 8 Y 9: 23/02/2021
La fecha de vencimiento para la declaración trimestral es a los 45 días corridos de finalizado el trimestre calendario. Por lo tanto, el trimestre cerrado el 31/12/2020 vencerá a partir del 15/02/2021.
Recordamos la importancia de realizar ésta presentación ya que, una vez ocurrido el vencimiento la no presentación podrá generar inconvenientes en los pagos relacionados al comercio exterior. Sugerimos validar la información con su sector de comercio exterior, poniéndonos a su disposición ante cualquier duda en la que podamos colaborar.