Agente de Retención y/o Percepción Ingresos Brutos Santa Fe

Quedan obligados a actuar como agentes de retención y percepción los responsables cuyos ingresos brutos -excluido el Impuesto al Valor Agregado- obtenidos en el año calendario inmediato anterior superen las sumas de:

  • $1.800.000.000 (pesos mil ochocientos millones) atribuibles a la jurisdicción Santa Fe y
  • $2.200.000.000 (pesos dos mil doscientos millones) en la totalidad de las jurisdicciones en las que operan.

También se actualizan los montos a partir de los cuales se deberán practicar las retenciones y/o percepciones.

Agente de Retención

1- Se deberá retener cuando el importe de cada pago superen la suma de $500.000.

Agente de Percepción

2- Deberá percibirse cuando el importe Neto sea superior a $270.000.

Agente de Retención y/o Percepción Ingresos Brutos Santa Fe